Concursillo. Aclaraciones para el personal que obtiene destino definitivo en este Concurso de Traslados

7 - marzo - 2017 Conciliación familiar | Concurso de traslados

Hoy hemos aclarado en la Consejería una duda muy recurrente durante estos días en relación a la participación en las Comisiones de Servicios por conciliación familiar, el llamado “Concursillo”, para el personal que obtenga su destino definitivo en el procedimiento del Concurso de Traslados que se está realizando durante este curso académico.

El personal funcionario de carrera provisional o en prácticas al que le han concedido un destino definitivo en esta resolución provisional: hasta que no le adjudiquen un destino definitivo en la resolución definitiva, no puede pedir comisión de servicio por el apartado b), sólo por el a). Se habilitará un plazo extraordinario una vez hayan obtenido ese destino como definitivo.

¡OJO! la aplicación permite al personal funcionario de carrera provisional pedir comisión de servicio por el apartado b, pero puesto que no le corresponde pedir comisiones por este apartado, en la publicación de las comisiones de servicio aparecerán como excluidas estas peticiones.

Por tanto, ahora mismo, en este procedimiento de comisiones de servicio de marzo, el personal funcionario provisional, no puede pedir comisiones de servicio por el apartado b).

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