Informe Mesa Sectorial 13 de marzo Órdenes de Secundaria y Bachillerato de Adultos

15 - marzo - 2017 Mesa Sectorial

Desde USTEA mostramos nuestra preocupación porque la Consejería sigue empeñada en seguir desarrollando la LOMCE y, ante la implantación estas órdenes, reclamamos a la Administración abordar de forma urgente, algunas cuestiones básicas sobre la estructura y el funcionamiento de estas enseñanzas.

Cuestiones generales:

  • Reclamamos una regulación adecuada de las enseñanzas de adultos en todas sus modalidades.
  • El establecimiento de una ratio adecuada, que garantice una atención de calidad, para lo que hay que tener en cuenta tanto las asignaturas como el número de alumnado matriculado en estas enseñanzas.
  • Implantación de un ROC para los centros de adultos, que están funcionando con normativa anterior, de 2007, con borradores o a golpe de instrucciones anuales.
  • Formación del profesorado de adultos. Para favorecer la formación de este profesorado, que tiene un horario especial, también debería facilitarse la posibilidad de formación con un horario especial desde los CEPs, porque o bien se encuentran con muchas dificultades para acceder a esta formación o bien, directamente, no puede acceder porque el horario en el que se imparte no se lo permite.

Cuestiones más específicas:

Desde USTEA destacamos, algunas cuestiones específicas sobre la situación de los CEPERs y las SEPERs, aunque no son cuestiones concretas que afecten a la regulación de los proyectos de órdenes de secundaria y bachillerato presentadas en la mesa, sí que tienen relación con las enseñanzas de adultos y la atención al alumnado en la modalidad semipresencial.

  • El presupuesto que reciben estos centros es mínimo y no tiene en cuenta el número de alumnado matriculado en el centro, por lo que se encuentran con serias dificultades para impartir unas enseñanzas de calidad. Es necesario que desde la Junta de Andalucía se establezca una normativa clara sobre las competencias que tienen con cada centro.
  • Necesidad de un servicio de orientación propio.
  • Necesidad de disponer de monitor o monitora administrativa, durante el período de matriculación.
  • Necesidad de ampliar el período de alfabetización.

Cuestiones concretas sobre el articulado de las órdenes.

 

  • Orden de secundaria para adultos

Artículo 6. Modalidades de enseñanza.

Solicitamos una regulación adecuada de las enseñanzas semipresenciales.

Artículo 7. Horario.

Desde USTEA solicitamos a la Administración la posibilidad de establecer un máximo y un mínimo entre las horas de permanencia y las horas a distancia, en los distintos ámbitos en las enseñanzas semiprensenciales, dejando un margen de autonomía para los centros, con el objeto de facilitar la flexibilización para poder atender las necesidades individuales del alumnado.

Artículo 9. Tutoría y orientación.

Solicitamos que la tutoría sea lectiva y que la orientación profesional se pueda recoger a través de un documento escrito.

Artículo 10. Carácter y referentes de la evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas.

Solicitamos que el alumnado matriculado en cursos intensivos de temporalización cuatrimestral  pueda disponer de una convocatoria ordinaria y de otra extraordinaria.

Artículo 18. Comisión de valoración inicial.

Solicitamos que el profesorado de cada ámbito designado por el director o directora, sea propuesto por el departamento.

Aclaración sobre las fechas en las que se realizará la prueba de valoración inicial. Desde la Administración confirman que se podrá hacer tanto en junio como en septiembre, siempre, en los 15 días siguientes a la recepción de la solicitud de matriculación.

 

·         ORDEN DE BACHILLERATO DE ADULTOS

 

Artículo 8. Tutoría y orientación.

Solicitamos que la tutoría sea lectiva y que la orientación profesional se pueda recoger a través de un documento escrito.

Artículo 9. Carácter y referentes de la evaluación en el Bachillerato para personas adultas.

Solicitamos la aplicación artículos 11.2 y 17 del Decreto para que el alumnado disponga de ocho convocatorias y no de seis.

Solicitamos que el alumnado matriculado en cursos intensivos de temporalización cuatrimestral  pueda disponer de una convocatoria ordinaria y de otra extraordinaria