LA JUNTA DE ANDALUCÍA CONDENADA POR VULNERAR EL DERECHO A LA LIBERTAD SINDICAL DE USTEA.

22 - octubre - 2013 Sin categoría

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LA JUNTA DE ANDALUCÍA CONDENADA POR VULNERAR EL DERECHO A LA LIBERTAD SINDICAL DE USTEA.

El TSJA exige el cese inmediato de la conducta antisindical y el reconocimiento pleno al sindicato USTEA de sus derechos en la representatividad del personal laboral del VI Convenio Colectivo de la Junta de Andalucía.

      El pasado día 10 de octubre de 2013, el Alto Tribunal Andaluz ha dictado SENTENCIA en el Recurso de Derechos Fundamentales  8/2013, seguido ante la Sala de lo Social de Granada y promovido por USTEA contra la CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, CSIF, CCOO y UGT condenándolos por lesionar el Derecho Fundamental a la Libertad Sindical de USTEA,  y exigiéndoles el cese inmediato de la conducta antisindical.

    La cuestión central de esta sentencia gira en torno a la complicidad interesada de la Administración y los sindicatos CSIF, CCOO y UGT, para intentar, bajo una apariencia legal irrisoria, menoscabar a USTEA. Sindicato que accede, en julio de 2012 -tras una larga lucha por el reconocimiento de sus derechos sindicales-, a ser miembro de pleno derecho de la Comisión de Convenio tras las  elecciones sindicales celebradas en 2011.  Aún así, no se le han reconocido en su totalidad los derechos derivados de esta nueva situación. En concreto, no se han destinado los permisos sindicales institucionales correspondientes, repartiéndose únicamente entre las otras centrales sindicales pertenecientes a la Comisión de Convenio y hoy condenadas.

    El fallo del tribunal es significativo:


FALLAMOS:


Estimamos en parte la demanda interpuesta por UNIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE ANDALUCÍA (USTEA) contra la CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, UGT., CCOO., Y CSIF., sobre tutela de derechos fundamentales, declarando que


1.- La conducta descrita en la demanda impidiéndole a la actora el desarrollo de su actividad laboral lesiona su derecho fundamental a la libertad sindical, ordenando el cese inmediato de la misma,


2.- Se declara su derecho a disfrutar del crédito horario y permisos sindicales en los términos establecidos en el art. 65.1 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral  (…)

    Lamentamos la judicialización a la que nos ha abocado la Administración, cuando de oficio, debía haberse solucionado de manera pacífica, simple, eficaz y eficiente. Palabras que la propia Administración ha puesto de moda, pero desgraciadamente, sólo vinculándolas, en la práctica, a recortes de personal, de las condiciones de trabajo y de los salarios.

   USTEA no descarta pedir responsabilidades ante este tipo de acciones que secuestran los derechos de nuestra organización sindical y por extensión del conjunto de trabajadoras y trabajadores.