LOS CENTROS DE PRIMARIA NO RECIBIRÁN SUSTITUCIONES EN LOS PRÓXIMOS DÍAS

5 - marzo - 2012 Andalucía | Decreto 302 | Maestros | Personal Interino

     Los Centros Educativos de Andalucía no podrán recibir Sustituciones del Cuerpo de Maestros en los próximos días

 

La Consejería de Educación y la organización sindical firmante del acuerdo del Decreto 302, son los causantes de esta situación al aprobar un nuevo sistema de ordenación ilegal que fue rechazada por USTEA y por el resto de las fuerzas sindicales mayoritarias. Esta chapuza ha provocado que las bolsas del cuerpo de maestros hayan sido suspendidas de forma cautelar por un juzgado de Sevilla.

 

Los servicios jurídicos de USTEA, han examinado la situación llegando a la siguiente conclusión:

 

       La suspensión cautelar solamente puede ser anulada por el TSJA, que no sería antes del verano o por una sentencia del propio recurso presentado.

 

       La Consejería de Educación tiene la obligación y el deber de cubrir las vacantes y sustituciones que se produzcan en los centros. Para ello deberá establecer unos criterios nuevos de ordenación de las listas, que no sean los establecidos en el Decreto 302, criterios recurridos y que han provocado la suspensión cautelar de las listas. USTEA reclama que se vuelva a la ordenación anterior de TODOS Y TODAS POR TIEMPO DE SERVICIO, que no han sido recurrida nunca.

 

       Cualquier ordenación que refleje los criterios del Decreto 302 estarán incumpliendo el auto de suspensión de las listas, y sería fraude de ley. Por lo que en caso de que la CEJA decidiera seguir utilizando los criterios del Decreto 302 con otro baremo, estas listas pueden ser otra vez recurridas por los recurrentes, y suspendidas por el mismo juzgado. En ese caso, demostraría la falta de interés por la educación andaluza y los trabajadores de la enseñanza.

 

        Mientras la CEJA no establezca unos nuevos criterios de ordenación, que cumplan los preceptos de igualdad, mérito y capacidad, no se volverá a llamar a nadie para una sustitución.

 

       La suspensión de las listas, supone la suspensión de la ordenación del Decreto 302 hasta que haya sentencia o que el TSJA dictamine lo contrario.

 

       No es posible cualquier modificación o derogación del Decreto 302 hasta después de las elecciones y de la constitución del nuevo parlamento. Por lo que cualquier propuesta de ordenación que establezca un modelo de blindados y no blindados sigue incumpliendo el auto de suspensión de las listas. Por lo que será el gobierno, a través del parlamento resultante de las elecciones, quien pueda modificar o derogar el Decreto 302.

 

       Si es posible la modificación de la orden de 8 de junio, por otra orden que desarrolle el Decreto 302, pero en ningún caso, la modificación de esta orden puede cambiar el criterio de blindados y no blindados a 30 de junio de 2010, por lo que sería una orden que incumpliría la suspensión. Seguiría siendo ilegal.

 

USTEA tras analizar las conclusiones de los servicios jurídicos, exige a la CEJA responsabilidad ante la gravísima situación actual, que elabore unas instrucciones que ordenen las listas por el anterior criterio de TODOS Y TODAS POR TIEMPO DE SERVICIO, y deje de perder el tiempo en otras fórmulas que puedan ser otra vez recurridas. El alumnado andaluz y el personal interino lo demanda.